Los sujetos físicos o jurídicos pertenecientes a la Comunidad de Madrid estarán sujetos a la siguiente fiscalidad dependiendo de si son compradores o vendedores.
Los Compradores
Impuesto sobre el Valor Añadido (10%) en:
Vivienda de primera transmisión
Transmisiones patrimoniales realizadas por empresarios o profesionales
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ITP (6%) cuando es una vivienda de segunda o posteriores transmisiones
Actos Jurídicos Documentados AJD (0.75%) por la elevación a escritura pública de los contratos de compraventa de inmuebles
Los Vendedores
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal)
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia o pérdida patrimonial
Impuesto sobre Sociedades cuando es una persona jurídica
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas No Residentes (IRPFNR) como ganancia o pérdida patrimonial
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